MEF: exoneración permanente a gratificaciones perjudica sistemas previsionales y de seguridad social
El Ministerio de Economía y Finanzas señala que la norma aprobada por el Congreso de la República, que establece la inafectación permanente de las gratificaciones por fiestas patrias y navidad generará efectos nocivos sobre la protección en seguridad social en perjuicio de toda la población. De esta manera, se afectará tanto el nivel de las pensiones en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), así como la sostenibilidad financiera en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y de Essalud.
En relación a la oferta de servicios brindados por EsSalud, el Ministerio de Economía y Finanzas indicó que al contar esta institución con menos recursos provenientes de las contribuciones de los empleadores, necesariamente se contraerá, afectando la calidad y oportunidad de las atenciones en detrimento de los asegurados y sus familias. Además, se afectará negativamente el presupuesto de las familias de los asegurados y al incrementar su gasto en salud ante la imposibilidad de EsSalud de atender la demanda insatisfecha, tendrían que hacer uso de servicios privados de salud. También señaló que según un estudio de la OIT (Estudio financiero actuarial del Seguro Social de Salud del Perú, 2012), si la exoneración a gratificaciones se vuelve permanente se deberá aumentar la tasa de aporte, lo cual significará el incremento de los costos laborales, y una posible limitación en el crecimiento del empleo formal.
Asimismo, la decisión de otorgar el aporte de los empleadores a los trabajadores de forma permanente, desnaturaliza su objetivo primordial que es la protección de la población y sus familias.
En el SNP, dado que las tasas y periodos de aporte han sido estructuradas considerando su sostenibilidad en el largo plazo, la medida generará un desbalance de US$ 4 411 millones en este sistema debido a la menor recaudación, sostuvo el Ministerio de Economía y Finanzas.
Cabe notar que el SNP paga 14 mensualidades, las que incluyen una pensión adicional en julio y diciembre, por lo que al restringir los aportes en estos meses, se tendrá un impacto directo en el financiamiento de este sistema, incrementando la necesidad de transferencias de recursos públicos, lo cual significa que todos los peruanos tendríamos que subvencionar con nuestros impuestos esta decisión del Congreso. Más aún, como señala la Constitución, cualquier modificación en los regímenes pensionarios debe regirse por criterios de sostenibilidad financiera, los cuales han sido flagrantemente desconocidos por el Congreso de la República.
En el caso de los aportes al SPP, considerando que las pensiones están en función a los aportes realizados, dicha medida implica una pensión menor en cerca de 14%, afectando su calidad de vida en la etapa de vejez. La medida, aprobada por el Congreso, vulnera el objetivo previsional de alcanzar un nivel adecuado de pensiones que se encuentre en relación a los ingresos durante su vida laboral.
Por otro lado, el Ministerio de Economía y Finanzas señaló que la libre disponibilidad de los depósitos por Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), si bien tiene efectos positivos en el corto plazo ante un escenario económico de recuperación, al hacer esta medida permanente en el futuro se desprotegerá al trabajador ante una posible contingencia durante un ciclo económico adverso.
Finalmente, estas medidas, a pesar de que cuentan con una amplia aprobación debido a que aumentan el ingreso disponible de las familias en el corto plazo, incidirán forzosamente en un incremento de las tasas de aporte tanto a EsSalud como al SNP o el SPP, o en su defecto en menores pensiones y en menor cobertura y calidad de las prestaciones sociales.
Por ello, el Ministerio de Economía y Finanzas considera que el Congreso de la República debió tomar en cuenta todos estos efectos sobre el bienestar presente y futuro de todos los peruanos antes de aprobar esta Ley que en el largo plazo actuará en detrimento de la población.
/CCH/ Prensa MEF