JNE recuerda que hasta el 18 de agosto se podrá excluir a candidatos en primera instancia

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que hasta el 18 de agosto los jurados electorales especiales pueden excluir, en primera instancia, candidatos por omisión o falsedad en las declaraciones juradas de hojas de vida presentadas por las agrupaciones políticas para participar en las elecciones regionales y municipales del 2022.
De acuerdo al artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas, se excluye a un postulante cuando no consigne las sentencias condenatorias firmes por delitos dolosos que le hayan impuesto y las vinculadas al incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales, laborales o por violencia familiar.
Igualmente, cuando el candidato no declare en la declaración jurada los bienes y rentas que posea, conforme a las disposiciones previstas para los funcionarios públicos.
También se aplica esta medida por incorporar información falsa en este documento en los campos mencionados.
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