Ciudadanos que renunciaron a nacionalidad peruana podrán recuperarla

Mediante la Ley Nº 31295 el Congreso de la Republica oficializó la ley que modifica el artículo 8 de la Ley Nº 26574, Ley de Nacionalidad donde se establece que los peruanos de nacimiento que han renunciado expresamente a la nacionalidad peruana tienen el derecho de recuperarla si cumplen con los siguientes requisitos:
1. Declarar expresamente su voluntad de recuperar la nacionalidad peruana, mediante solicitud escrita presentada ante la autoridad competente en el territorio nacional o en las misiones diplomáticas en el exterior, de acuerdo con lo que establece el reglamento.
2. Tener buena conducta y solvencia moral, de conformidad con los requisitos que establece el reglamento”.
3. Disposición Complementaria Transitoria Única: Los procedimientos de recuperación de la nacionalidad que a la fecha de inicio de vigencia de la presente ley se encuentren en trámite se adecúan de inmediato a la presente ley.
/DBD/