Poder Judicial suspende viajes y actividades que impliquen reunión de personas
A fin de prevenir contagios en el marco de la pandemia del coronavirus, el Poder Judicial dispuso la suspensión de diversas actividades que impliquen desplazamiento o participación de grupos de personas.
Estas disposiciones se emiten en función al estado de emergencia sanitaria vigente en el país desde marzo del año pasado y prorrogado hasta la fecha, según la Resolución Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La medida suspende la realización de reuniones, congresos, seminarios, encuentros, plenos jurisdiccionales, cursos presenciales, talleres y actividades de similar índole organizadas por las cortes superiores de justicia o por dependencias, equipos o comisiones judiciales, que impliquen desplazamientos o reuniones grupales.
Solo se exceptúa de esta prohibición a las actividades de esas características que se realicen por videoconferencia. También podrán desarrollarse aquellas ceremonias que las mismas cortes superiores o la Corte Suprema de Justicia “considere necesarias”.
Estas deberán realizarse “siempre que se conserve el distanciamiento físico de un metro y medio entre los participantes, además del uso permanente de mascarilla, debiéndose adoptar las medidas necesarias para prevenir el contagio durante su desarrollo”, se indica.
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