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Elecciones Generales 2026: lo que debes saber sobre permisos y multas

Un decreto supremo reciente regula los permisos laborales para quienes ejercen funciones como miembros de mesa y establece tres supuestos diferenciados. Foto: captura de pantalla. 
7:43 h - Sáb, 11 Abr 2026

El sufragio en el Perú constituye una obligación y, al mismo tiempo, un derecho ciudadano. La normativa vigente establece que todos los peruanos mayores de 18 años deben acudir a votar, aunque contempla excepciones para determinados grupos etarios y situaciones específicas debidamente justificadas.

En ese contexto, Julio Ramírez, especialista en derecho laboral, precisó que desde los 70 años el sufragio deja de ser obligatorio. “Si usted tiene 70 o más, está en su derecho de votar, pero también puede decidir no hacerlo”, indicó para Nacional en la Noticia.

[Lee también: Gobierno garantiza orden en elecciones de este domingo 12 de abril]

PERMISOS PARA MIEMBROS DE MESA

Un decreto supremo reciente regula los permisos laborales para quienes ejercen funciones como miembros de mesa y establece tres supuestos diferenciados.

El primero corresponde a los ciudadanos elegidos por sorteo que recibieron capacitación y cumplieron con su labor. En estos casos, tienen derecho a un día de descanso remunerado que no requiere compensación. Este beneficio puede programarse dentro de un plazo de hasta 90 días, en coordinación con el empleador.

El segundo supuesto comprende a quienes fueron designados, no se capacitaron, pero sí asistieron a cumplir sus funciones, así como a los ciudadanos que asumieron el cargo ante la ausencia de titulares. En estas situaciones, el descanso se otorga el lunes siguiente a la jornada electoral y está sujeto a compensación de horas, según acuerdo con el empleador.

Ramírez aclaró que, en el primer caso, el descanso no se concede automáticamente al día siguiente de las elecciones, sino que debe coordinarse dentro del plazo previsto. Además, señaló que los miembros de mesa reciben un certificado que acredita su participación, documento indispensable para gestionar los permisos laborales.

MULTAS Y SANCIONES POR NO VOTAR

En cuanto a los electores que no acuden a votar sin justificación, la normativa establece multas diferenciadas según la condición socioeconómica del distrito. Estas varían entre 27.50 y 110 soles. “En principio es el pago de la multa”, precisó el especialista, aunque advirtió que podrían generarse limitaciones administrativas adicionales.

En el ámbito laboral, el incumplimiento de los beneficios para miembros de mesa puede acarrear sanciones para los empleadores. "Si un trabajador presenta el certificado correspondiente y no recibe el descanso que le corresponde, la empresa podría ser objeto de inspecciones y sanciones económicas que oscilan entre aproximadamente 15 000 y 290 000 soles, en función de su tamaño y número de trabajadores", dijo.

¿QUIÉNES PUEDEN JUSTIFICAR SU INASISTENCIA?

Finalmente, el especialista recordó que existen causales de dispensa para no votar, como problemas de salud, embarazo, lactancia o labores de transporte, entre otras. Estos casos deben acreditarse con documentación y pueden tramitarse incluso después de la jornada electoral mediante el procedimiento disponible en la plataforma del Jurado Nacional de Elecciones.

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