Política

Congreso aprueba que postulantes en cuadro de mérito integren la JNJ

11:23 h - Vie, 10 Mayo 2024

Con 67 votos a favor, el pleno del Congreso aprobó para que los postulantes que aprobaron en el cuadro de mérito puedan ser miembros suplentes de la Junta Nacional de Justicia.

El dictamen de la Comisión de Constitución fue aprobado por la representación nacional, en primera votación, gracias a 67 votos a favor, 16 en contra y se registraron 21 abstenciones.

En tal sentido, se modifican los artículos 9 y 72, literal f), e incorpora la décimo tercera disposición complementaria transitoria en la Ley 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, para mejorar su funcionamiento y sostenibilidad.

El artículo 9, referido a los suplentes, precisa que en la elección de los miembros titulares de la JNJ "tienen la condición de suplentes los demás postulantes que figuren como aprobados en el cuadro final de méritos del concurso público y son convocados por estricto orden de mérito para asumir la titularidad". 

Asimismo, agrega que "la renuencia de asumir el cargo" sin que exista causa o impedimento señalado en la lev, "genera inhabilitación para postular a este u otro cargo público" por el periodo de ejercicio de la función pública para el cual fue elegido o convocado.

En tanto que en el caso del artículo 72, sobre las competencias de la Comisión Especial, establece que podrá convocar y juramentar por estricto orden de mérito "a los miembros suplentes de la JNJ, luego de haber verificado que no se encuentren incursos en los impedimentos previstos".

Además, también incorpora la disposición complementaria transitoria decimotercera a la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, donde se habilita excepcionalmente para ser miembro suplente del referido organismo. De igual modo, se deroga el artículo 19 de la misma ley orgánica.

/MRG/


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