Buenas noticias: Tarifas eléctricas bajarán entre 1.39% y 1.0%
A partir del 4 de mayo, las tarifas eléctricas del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) se reducirán en promedio en 1.0% para los usuarios domiciliarios y en 1.39% para los usuarios comerciales e industriales, informó Osinergmin.
“En cumplimiento con lo establecido por la normativa sobre la actualización de las tarifas eléctricas, Osinergmin efectuó la revisión mensual correspondiente”, indico el órgano regulador.
Señaló que, en el caso de las tarifas eléctricas de los Sistemas Eléctricos Aislados, estas se reducirán en promedio en 2.44% para los usuarios domiciliarios y en 6.10% para los usuarios comerciales e industriales.
Explicó que, de acuerdo a la normatividad vigente, las tarifas eléctricas son revisadas por Osinergmin cada mes, a partir de fórmulas de actualización y valores de indicadores como el índice de Precios al por Mayor (IPM), el tipo de cambio, el precio del gas natural, el precio del carbón bituminoso, los precios de los combustibles y los precios del cobre y aluminio.
Asimismo, los contratos suscritos entre empresas de generación y distribución para dotar de energía eléctrica a los usuarios.
En ese sentido, subrayó que la reducción en el mes de mayo se debe a los siguientes aspectos: la aprobación de los Precios a Nivel de Generación en el SEIN mediante Resolución 069-2023-OS/CD, la fijación de los Peajes Unitarios por Conexión al Sistema Principal de Transmisión y la modificación de los Peajes y Compensaciones para los Sistemas Secundarios y Complementarios de Transmisión.
/DBD/
Dólar: ¿Cuál es la cotización hoy miércoles 3 de mayo del 2023?
El precio del dólar inició bajando frente al sol al inicio de la sesión cambiaria de hoy, en un contexto de volatilidad de la moneda en el mercado regional.
La cotización de venta del dólar se sitúa en 3.701 soles en el mercado interbancario (entre bancos), nivel inferior al de la jornada previa de 3.712 soles. Mientras que en el mercado paralelo o casas de cambio es de 3.725 soles.
/DBD/
Conozca algunas consideraciones para ahorrar en un depósito a plazo fijo
El depósito a plazo fijo es el producto que permite ahorrar en un periodo determinado de tiempo en un lugar seguro y rentable.
Un depósito a plazo fijo paga más intereses que una cuenta de ahorros por lo general, pero a cambio debes estacionar tu dinero por un tiempo determinado, 30, 60, 90 días, etc., señala Alfredo Marín, Sub Gerente de Productos Minoristas de BanBif.
“Lo ideal para mantener el ahorro en un depósito a plazo fijo será en función de la necesidad del ahorrista, algunas personas no tocan esos fondos por algunos meses, otros por uno, dos o tres años, los plazos comerciales suelen llegar a tres años, la mayoría lo desea en periodos de hasta un año”, explica.
Refiere que actualmente las entidades bancarias permiten pre cancelar antes del plazo de vencimiento, pero te calculan el pago de intereses a una tasa menor, por eso la disponibilidad no es un inconveniente, aunque hay una decisión a evaluar por los intereses que dejas de percibir.
Por ello, señala que conviene optar por un depósito a plazo cuando se ha acopiado un monto determinado (cuando menos el monto mínimo que pide la entidad) y no se vaya a tocar por un tiempo determinado.
En ese sentido brinda cuatro recomendaciones para ahorrar a plazo fijo:
1.- Evalúa la tasa. Es importante, porque de ello depende la rentabilidad, pero debes evaluar los indicadores de la entidad, un buen balance entre precio (tasa) y riesgo (indicadores).
2.- Debes tener en cuenta el tiempo por el que colocas los fondos, si resulta que debes retirarlo antes no ganarás los intereses esperados.
3.- Considera la capilaridad o presencia de la entidad a nivel nacional y el entorno digital que mantiene, para que muevas los fondos en caso sea requerido.
4.- Divide el dinero en algunos depósitos como te permitan las condiciones. Por ejemplo si reuniste 20,000 soles, es preferible dos depósitos de 10,000 soles, pues si en el futuro debes pre cancelar alguno, solo afectas uno y no todo el importe.
/DBD/
Conoce el tipo de cambio del dólar hoy
El precio del dólar baja ligeramente frente al sol al inicio de la sesión cambiaria de hoy, ante la menor demanda de la divisa estadounidense en el mercado local, en línea con el desempeño de la moneda extranjera en la región.
La cotización de venta del dólar se sitúa en 3.7071 soles en el mercado interbancario (entre bancos), nivel inferior al de la jornada previa (28 de abril) de 3.71 soles. Mientras que en el mercado paralelo o casas de cambio es de 3.72 soles.
/DBD/
Cronograma 2023: Conoce los pagos de sueldos y pensiones en el Estado
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el cronograma anual mensualizado para el pago de las remuneraciones y pensiones en la administración pública que se aplicará durante el Año Fiscal 2023.
A través de la Resolución Viceministerial N° 003-2022-EF/11.01, publicada en el diario oficial El Peruano, también se autorizó el cronograma de pagos de las pensiones correspondientes al Decreto Ley 19990, financiadas con cargo al presupuesto de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
La norma detalla el cronograma antes mencionado en los siguientes anexos:
a) Anexo 1: cronograma de pagos anual mensualizado de remuneraciones para el año fiscal 2023, a cargo de las unidades ejecutoras de los pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales.
b) Anexo 2: cronograma de pagos anual mensualizado de pensiones (Decreto Ley 20530) para el Año Fiscal 2023, a cargo de las unidades ejecutoras de los pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales.
c) Anexo 3: cronograma de pagos anual mensualizado de pensiones (Decreto Ley 19990) para el Año Fiscal 2023, a cargo de la ONP.
CTS, gratificaciones e indemnizaciones
La norma determina que la atención de otras obligaciones relacionadas con los conceptos de pago de remuneraciones y/o pensiones, tales como Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), gratificaciones (Régimen Laboral 728), indemnizaciones o similares, se efectúa en las fechas u oportunidad que señala la legislación aplicable.
Se dispone que aquellas unidades ejecutoras que cuentan con personal del Régimen Laboral del Decreto Legislativo 728 pueden realizar el pago de los conceptos de remuneraciones y gratificaciones de julio y diciembre en una sola planilla, en la fecha en que corresponda atender dichos conceptos.
Se dispone que la presente norma y sus anexos se publican en la sede digital del MEF (www.gob.pe/mef).
Conoce los procedimientos de la Sunat para recuperar tu IGV por turismo
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicó hoy una resolución por la cual establece el procedimiento para la devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) a turistas, así como la forma y condiciones en que deben ser emitidas las constancias “Tax Free”.
La resolución señala que el establecimiento autorizado emite las constancias “Tax Free” a través del sistema informático de la entidad colaboradora, el cual genera un código que las identifica una vez que aquel culmina con el ingreso de la información respectiva en el formulario virtual que se encuentra disponible en dicho sistema.
"Para emitir las constancias “Tax Free” deben cumplirse los requisitos establecidos”, subraya la norma.
Asimismo, establece que el turista, que a la fecha de su salida del Perú no haya superado el tiempo autorizado de permanencia en el país para ser calificado como tal, puede iniciar el procedimiento ante la entidad colaboradora para solicitar la devolución del IGV que haya gravado sus adquisiciones de bienes realizadas, durante dicho tiempo, en los establecimientos autorizados.
“Para efecto de lo indicado en el párrafo anterior, el turista puede utilizar el kiosco de autogestión o la aplicación móvil”, agrega.
¿Cómo solicitar el reembolso?
De acuerdo con la normativa, para solicitar a la Sunat el reembolso de los importes, la entidad colaboradora debe presentar el Formulario Virtual Nº 1649 – Solicitud de devolución, a través de Sunat Virtual, utilizando su código de usuario y la clave SOL en Sunat Operaciones en Línea. A la solicitud de reembolso se adjunta la liquidación.
Una vez presentada la solicitud de reembolso, Sunat Operaciones en Línea genera de manera automática una constancia de presentación, la cual puede ser impresa. Dicha constancia cuenta con los datos proporcionados por la entidad colaboradora y con el número de orden que le asigne el referido sistema.
“La entidad colaboradora puede presentar la solicitud de reembolso hasta en dos oportunidades por mes. En caso de que dicha entidad opte por presentar dos solicitudes de reembolso al mes, la segunda solicitud se presenta luego de que hayan transcurrido, como mínimo, quince días calendarios de presentada la primera solicitud".
Luego de ello, la Sunat dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de presentada la solicitud de reembolso, resuelve dicho requeriemiento de acuerdo con el procedimiento a que se refiere el segundo párrafo del artículo 162 del Código Tributario.
Cabe recordar que la normativa entra en vigencia hoy, martes 2 de mayo
/DBD/
Oferta Inmobiliaria: Conozca las 41,509 viviendas nuevas en oferta a escala nacional
El Fondo Mivivienda involucra una variada oferta inmobiliaria para que las familias puedan adquirir un inmueble. Al cierre de marzo del presente año, la oferta total de viviendas a escala nacional llegó a 41,509 unidades habitacionales, de las cuales 34,463 son “viviendas verdes”.
Detallaron que, a marzo del 2023, Lima y Callao cuenta con una oferta inmobiliaria disponible de 26,599 viviendas, distribuida en 338 proyectos. En tanto, en el resto del país se registra una oferta de 14,910 viviendas, repartida en 101 proyectos.
Lima y Callao
Los distritos limeños y chalacos con mayor oferta de viviendas son Comas (3,048), La Victoria (2,720), Jesús María (2,540), Cercado de Lima (2,148), Santiago de Surco (1,767), Magdalena del Mar (1,714), San Miguel (1,492), San Martín de Porres (1,456), Lince (1,311), Pueblo Libre (1,244), Surquillo (1,113) y Chorrillos (1,005).
Le siguen Breña (949), Barranco (510), Lurín (412), Pachacamac (240), Los Olivos (206), Lurigancho (189), Ate (155), Miraflores (113), San Juan de Lurigancho (46), Rímac (43), Carabayllo (36), Villa El Salvador (34), Santa María del Mar (26), La Perla (17), San Juan de Miraflores (15) y Callao (4).
El Fondo Mivivienda indicó que el precio promedio por vivienda en Lima Metropolitana y Callao alcanzó los 279,557 soles.
Provincias
Asimismo, el Fondo Mivivienda señaló que en provincias se registra una oferta de 14,910 viviendas, las cuales pertenecen a 101 proyectos inmobiliarios del interior del país.
Los departamentos con mayor número de viviendas en oferta son Piura (4,409), Arequipa (3,140), Lambayeque (2,819), Puno (1,038), Ica (1,024), La Libertad (928), Cusco (852), Junín (271), Tacna (197), San Martín (162) y Áncash (70).
Respecto al precio promedio por vivienda en provincias, está en 187,470 soles.
/DBD/
BCR: Crédito hipotecario creció 6.7% en términos anuales en marzo de 2023
El Banco Central de Reserva (BCR), informó que el crédito hipotecario creció 6.7% en marzo del 2023 comparado con el mismo mes del año pasado, manteniendo el dinamismo observado en los últimos meses. Asimismo, creció 0.4% en marzo frente al mes previo.
Esta modalidad de crédito fue favorecida por los préstamos hipotecarios en soles, que se expandieron 7.9% interanual en marzo del 2023.
En términos mensuales, el crédito hipotecario en soles aumentó en 0.5% en marzo comparado con febrero, según el BCR.
Además, la dolarización del crédito hipotecario disminuyó a 8.7% en marzo del 2023, menor en 0.1 puntos porcentuales al del mes previo. Frente al nivel observado en marzo del 2022 la dolarización disminuyó en un punto porcentual.
/DBD/
Aprueban procedimiento para devolución de IGV a turistas
La Sunat publicó hoy una resolución por la cual establece el procedimiento para la devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) a turistas, así como la forma y condiciones en que deben ser emitidas las Constancias “Tax Free”.
“La presente resolución tiene por finalidad implementar el sistema de devolución del IGV a favor de los turistas, a que se refiere el artículo 76 de la Ley, lo que contribuirá a promover el turismo receptivo en el país”, indica la Resolución de Superintendencia Nº 000097-2023/SUNAT publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.
La norma señala que el establecimiento autorizado emite las Constancias “Tax Free” a través del sistema informático de la entidad colaboradora, el cual genera un código que las identifica una vez que aquel culmina con el ingreso de la información respectiva en el formulario virtual que se encuentra disponible en dicho sistema.
"Para emitir las Constancias “Tax Free” deben cumplirse los requisitos establecidos”, subraya la norma.
Asimismo, establece que el turista, que a la fecha de su salida del Perú no haya superado el tiempo autorizado de permanencia en el país para ser calificado como tal, puede iniciar el procedimiento ante la entidad colaboradora para solicitar la devolución del IGV que haya gravado sus adquisiciones de bienes realizadas, durante dicho tiempo, en los establecimientos autorizados.
“Para efecto de lo indicado en el párrafo anterior, el turista puede utilizar el kiosco de autogestión o la aplicación móvil”, agrega.
Para solicitar a la Sunat el reembolso de los importes devueltos a los turistas, la entidad colaboradora debe presentar el Formulario Virtual Nº 1649 – Solicitud de devolución, a través de Sunat Virtual, utilizando su código de usuario y la clave SOL en Sunat Operaciones en Línea. A la solicitud de reembolso se adjunta la liquidación.
Una vez presentada la solicitud de reembolso, Sunat Operaciones en Línea genera de manera automática una constancia de presentación, la cual puede ser impresa. Dicha constancia cuenta con los datos proporcionados por la entidad colaboradora y con el número de orden que le asigne el referido sistema.
“La entidad colaboradora puede presentar la solicitud de reembolso hasta en dos oportunidades por mes. En caso de que dicha entidad opte por presentar dos solicitudes de reembolso al mes, la segunda solicitud se presenta luego de que hayan transcurrido, como mínimo, quince días calendarios de presentada la primera solicitud.
/DBD/
Triple pago percibirán trabajadores que laboren el 1 de mayo
El lunes 1 de mayo se conmemora el Día Internacional del Trabajo, el cual es considerado feriado nacional para los trabajadores de los sectores público y privado, ello, de acuerdo al Decreto Legislativo 713.
Según el gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Álvaro Gálvez, este día debe ser pagado íntegramente sin obligación de prestar servicios por parte de los trabajadores.
Sin embargo, señaló que existen algunas situaciones laborales que pueden darse con motivo de estos días feriados por Semana Santa:
Laborar el lunes 1 de mayo
Los trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar el lunes 1 de mayo, sin descanso sustitutorio posterior, deben percibir por cada feriado una “triple” remuneración diaria: una por el feriado y otra por el trabajo realizado que se contrapresta con la sobretasa del 100%.
“Por ejemplo, si la remuneración mensual es 1,500 soles, la remuneración diaria será de 50. Si trabaja en este feriado sin descanso posterior percibirá 50 soles por el día laborado y adicionalmente 100 soles más. Es decir que a fin de mes recibirá 1,600 soles”, explicó a la Agencia Andina.
Trabajo en feriado con descanso posterior
Los trabajadores que acuerden laborar el 1 de mayo y decida tomar un descanso sustitutorio posterior, solo perciben su remuneración normal.
Teletrabajo
El personal que viene prestando trabajo remoto o teletrabajo y no labora el 1 de mayo, tiene derecho a percibir sus remuneraciones sin trabajar. En caso de acordar con su empleador laborar este lunes 1, sin descanso sustitutorio posterior, también tendrán derecho a percibir “triple” remuneración diaria.
Vacaciones
Los trabajadores que durante el 1 de mayo se encuentran gozando de vacaciones, no tienen derecho a remuneración adicional por los referidos feriados.
Días no laborables compensables
El especialista también mencionó que mediante el Decreto Supremo 151-2022-PCM, fueron declarados los siguientes días no laborables para los trabajadores del sector público a nivel nacional: lunes 2 de enero de 2023, viernes 28 de abril de 2023, viernes 30 de junio de 2023, jueves 27 de julio de 2023, lunes 9 de octubre de 2023, jueves 7 de diciembre de 2023, martes 26 de diciembre de 2023 y martes 2 de enero de 2024.
En ese sentido, sostuvo que los centros de trabajo del sector privado pueden acogerse a estos días no laborables, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, los que deberán establecer cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo, decidirá el empleador.
Cabe mencionar que los días no laborables se consideran días hábiles para efectos tributarios. Así también, los trabajadores del sector privado que laboren los días declarados no laborables percibirán su remuneración diaria normalmente, sin sobretasa adicional.
/DBD/