Locales

Osiptel establece nuevo enfoque para la definición de cobertura en los servicios móviles e internet fijo

Para dotar al mercado de información estandarizada, veraz y confiable sobre la cobertura de los servicios públicos de telecomunicaciones móviles e Internet fijo inalámbrico, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) dispuso la incorporación de nuevos criterios para la publicación de mapas de cobertura en las páginas web de las empresas operadoras con más de 500 000 abonados.

De acuerdo a la Resolución del Consejo Directivo n.° 00151-2023-CD/OSIPTEL, publicada en el diario oficial El Peruano, las empresas operadoras deberán publicar la información de sus mapas de cobertura georreferenciada en sus páginas web, en base a la infraestructura desplegada en todo el territorio nacional, a partir del próximo 1 de febrero de 2024.

Con ello, se busca reducir la asimetría informativa para los usuarios respecto al alcance real de la cobertura de los servicios de telefonía móvil e internet fijo inalámbrico, así como promover la competencia por calidad entre las empresas operadoras.

Áreas de cobertura

El nuevo enfoque distinguirá dos tipos de áreas de cobertura:  área de cobertura garantizada, donde se brinda los servicios móviles e internet fijo inalámbrico garantizando el cumplimiento de los valores objetivos de los indicadores de calidad, y área de capacidad adicional de red, que se extiende a partir del área de cobertura garantizada hasta un límite definido (determinado por un parámetro de intensidad de señal) donde los usuarios aún pueden acceder a los servicios móviles e internet fijo inalámbrico con cierta efectividad.

Cabe señalar que la norma establece una flexibilidad regulatoria inicial a fin de que las empresas operadoras puedan reportar el área de cobertura garantizada conforme a las características particulares de sus redes y considerando sus propios parámetros que garanticen el cumplimiento de los indicadores de calidad del servicio.

En caso de advertirse, que el área de cobertura garantizada reportada por las empresas operadoras no muestra correspondencia con la infraestructura desplegada se establecerá su regulación de acuerdo con los parámetros de intensidad de señal que defina el OSIPTEL.

Otras modificaciones

La propuesta normativa también contempla la modificación del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones. En ese sentido, se precisa que los indicadores de calidad correspondientes a los servicios públicos de telecomunicaciones móviles e internet fijo inalámbrico son exigibles en las áreas de cobertura garantizada reportadas al OSIPTEL.

Asimismo, se permite la migración hacia tecnologías superiores para cumplir con los Compromisos de Mejora asociados a los indicadores de Calidad de Voz (CV) y Tiempo de Entrega de Mensajes de Texto (TEMT), y se dispone que las empresas operadoras que cuenten con más de 500 000 abonados, deban brindar al OSIPTEL el acceso a su sistema de gestión de red y/o simulación de cobertura.

Además, se establece la modificación de la Norma de Requerimientos de Información Periódica (NRIP), incorporándose la metodología para el Reporte de Cobertura y sus nuevos formatos de reporte en la NRIP.

Finalmente, los nuevos formatos de reporte de cobertura se incorporarán a la NRIP desde el 1 de noviembre de 2023, en tanto, el primer reporte de los nuevos mapas de cobertura correspondiente al IV trimestre de 2023, deberá ser remitido al OSIPTEL hasta el 30 de enero de 2024.

/RP/

03-06-2023 | 12:10:00

¡Atención! Desde hoy 2 de junio ambulantes empadronados trabajarán en jirón Amazonas

Desde hoy viernes 2 de junio un grupo de comerciantes ambulantes que laboraban en las zonas de Mesa Redonda y el Mercado Central, y que fueron empadronados, comenzarán a vender sus productos en una feria bazar habilitada en la cuadra 7 del jirón Amazonas, en el Cercado de Lima, informó el alcalde Rafael López Aliaga.

En declaraciones a la prensa durante una actividad en el distrito de Carabayllo, López Aliaga precisó que serán 1,500 comerciantes los beneficiados con este espacio de 8,000 metros cuadrados y que ha sido bautizada como “La Huerta Encontrada”.

Indicó que esta feria bazar será inaugurada a las 13.00 horas de hoy viernes 2 de junio, y sostuvo que los comerciantes han manifestado su satisfacción con este lugar donde podrán comercializar sus productos.

Dijo que se trata de un primer grupo de comerciantes que fueron empadronados y que se ha dado prioridad a los comerciantes con discapacidades físicas, madres solteras o algún tipo de inconveniente.

López Aliaga se refirió también a los miles de ambulantes que quedaron fuera de la lista con la que se procederá y precisó que otros si se acogieron al plan de empleo formal.

“Les hemos ofrecido trabajo, 2,500 plazas formales, hay muchos que las han tomado”, refirió.

/RP/

02-06-2023 | 08:04:00

Indecopi impuso 99 sanciones a colegios privados por no prevenir bullying

En los últimos cuatro años las áreas resolutivas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) han impuesto 99 sanciones a colegios privados por incumplir sus obligaciones para prevenir y atender casos de bullying en las aulas, contempladas en la “Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas” (Ley N.°29719).
 
Las regiones que concentran la mayor cantidad de sanciones son San Martín, Cajamarca, La Libertad, Puno y Lima. En ese mismo periodo la institución impuso 101.5 UITS en multas a escala nacional. 
 
Esta información se brindó durante la IV Sesión de la Mancomunidad Educativa de la UGEL N.°07, espacio de trabajo del que el Indecopi es parte desde el año 2018. 
 
La institución informó, además, que durante el 2022 la Dirección de Fiscalización del Indecopi realizó 119 supervisiones a colegios privados para verificar que entreguen un boletín informativo sobre normas y principios de sana convivencia y disciplina escolar, que cuenten con uno o más psicólogos, que tengan el libro de registro de incidencias, así como un plan de convivencia democrática, entre otras acciones.
 
Ante un caso de bullying, el colegio privado debe adoptar medidas de asistencia y protección. Para ello, deben seguir los protocolos previstos en el Decreto Supremo 004-2018-MINEDU, y reportar estos hechos en el portal Siseve del Ministerio de Educación (http://www.siseve.pe/web/)
 
Si el colegio no cumple estas obligaciones los padres de familia pueden presentar un reclamo, a través del Libro de Reclamaciones, con el que deben contar todos los colegios particulares. 
 
También pueden presentar un reclamo o denuncia ante el Indecopi, en cualquier de sus oficinas en todo el país, a través del correo [email protected] o de la plataforma Reclama Virtual https://enlinea.indecopi.gob.pe/reclamavirtual/#/
 
El Indecopi continuará vigilando el cumplimiento de las obligaciones de los colegios privados y articulando esfuerzos con los actores de la comunidad educativa, en beneficio del desarrollo de los niños del país.
 
/LC/NDP/
01-06-2023 | 18:01:00

Municipalidad de Lima prohibe ambulantes del ‘Triángulo de Grau’

El retiro de ambulantes de la zona comercial del Cercado de Lima se amplía. La Municipalidad de Lima aprobó extender el decreto que declara como “zona rígida” para el comercio ambulatorio al sector conocido como el “Triángulo de Grau”.

La medida se aprueba días después de que cientos de vendedores de las galerías comerciales del “Triángulo de Grau” realizaran una manifestación para exigirle al alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, el retiro de vendedores ambulantes.

¿A QUÉ NEGOCIOS AFECTARÍA?

Los que se ubican en las siguientes cuadras y avenidas:

Entre las cuadras 9, 10 y 11 de la avenida Abancay.

4, 5, 6 y 7 de la avenida Grau.

14, 15, 16 y 17 de la avenida Nicolás de Piérola.

6, 7, 8 y 9 de jirón Montevideo.

6 y 7 de jirón Leticia.

9, 10 y 11 de jirón Ayacucho.

13 y 14 de jirón Andahuaylas.

Cuadra 14 de jirón Paruro.

Cuadra 6 de jirón Inambari.

Cuadra 1 del pasaje Los Artesanos.

Esta nueva prohibición para el comercio ambulatorio se aprobó a través del Decreto de Alcaldía N.° 011 publicado la mañana del jueves 1 de junio en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Previamente, el municipio había declarado como zona rígida para el comercio informal y para el estacionamiento de vehículos dentro del cuadrante de Mesa Redonda y el Mercado Central, a partir del 15 de mayo pasado.

Según los comerciantes formales del “Triángulo de Grau”, los ambulantes de Mesa Redonda y el Mercado Central se habrían trasladado a su zona debido a esta prohibición.

Ante dicha situación, la Municipalidad de Lima, a través de la gerencia de Gestión de Riesgos y Desastres, determinó que los conglomerados comerciales del “Triángulo de Grau” también se encuentra en un peligro alto y muy alto ante un posible sismo o incendio, por lo que deciden ampliar la medida de zona rígida.

El decreto, que encarga a las diferentes gerencias de la Municipalidad de Lima a dar cumplimiento con la nueva medida, cuenta con la firma del alcalde de Lima, Rafael López Aliaga.

/RP/NDP/

01-06-2023 | 13:15:00

Ministra de Educación anuncia programa de capacitación para 120 mil docentes

La ministra de Educación, Magnet Márquez, anunció un programa de capacitación docente que espera alcanzar a 120 mil profesores de todo el país, con el fin de reforzar la formación de maestros de los niveles inicial, primaria y secundaria.

“Desde el Ministerio de Educación, y de acuerdo con lo dispuesto por la presidenta Dina Boluarte, estamos iniciando un programa de capacitación para docentes y la idea es atender a 120 mil docentes de nivel inicial, primaria y secundaria”, manifestó.

Precisó que este programa se realizará de forma virtual, semipresencial y en las zonas más alejadas será con tutoría para lograr una mejor educación y acortar las brechas, por lo que el primer paso es la formación docente.

En tal sentido, indicó que las inscripciones se iniciarán el próximo 12 de junio y la capacitación será a partir del 28 del presente mes.

En rueda de prensa desde Palacio de Gobierno, la titular del Minedu también expresó sus condolencias y solidaridad a la familia de la estudiante fallecida de una institución educativa del distrito de Independencia e informó que su despacho ha dispuesto que se den todas las facilidades para las investigaciones pertinentes.

“A través de la Dirección Regional de Educación, estamos ofreciendo soporte socioemocional a toda la comunidad educativa y también hemos estado acompañando a los padres de familia, en la medida que ellos lo permitan”, añadió.

 Asimismo, señaló que las autoridades educativas han tenido conocimiento de que aparentemente habría habido otros casos similares, sin embargo, precisó que no hay ningún reporte oficial al respecto.

/RP/NDP/

01-06-2023 | 10:10:00

Pronis participó en Simulacro Nacional Multipeligro 2023

El Programa Nacional de Inversiones en Salud (Pronis) participó de manera activa en el primer Simulacro Nacional Multipeligro 2023, organizado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) en memoria de los 53 años del gran sismo de 1970 en Áncash.

Más de 100 trabajadores del Pronis evacuaron de forma ordenada las instalaciones del edificio de 16 pisos donde se encuentran sus oficinas, ubicado en la av. Faustino Sánchez Carrión con la calle Clemente X en el distrito de Magdalena del Mar.

El coordinador general del Pronis, Juan Hurtado Zamora, saludó el desarrollo del ejercicio que nos ayuda a estar preparados sobre cómo actuar ante la ocurrencia de un sismo. “El Pronis, como parte del Sector Salud y, de acuerdo a lo dispuesto por la ministra Rosa Gutiérrez, se suma a la tarea de prevención, según las indicaciones de nuestros brigadistas capacitados por Indeci”, señaló.

Recordemos que, el Perú es un país sísmico debido a que está ubicado dentro del Cinturón de Fuego del Pacífico. En esta región ocurren constantemente sismos, es parte de la naturaleza, y nada ni nadie los puede evitar. Por ello, es necesario estar preparados y participar de los simulacros con responsabilidad.

/RP/NDP/

01-06-2023 | 08:24:00

Acosadores sexuales serán sancionados con cárcel de 2 a 15 años

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) advierte que aquellas personas que acosen sexualmente en el transporte público serán sancionadas con penas privativas de la libertad que van de 2 a 15 años.
 
Es importante destacar que los actos de acoso sexual se pueden manifestar de diversas formas:
 
  • Expresiones verbales (comentarios e insinuaciones de carácter sexual).
  • Manifestaciones gestuales (gestos obscenos que resultan hostiles, humillantes u ofensivos).
  • Manifestaciones físicas (tocamientos indebidos, roces corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación en el transporte, exhibicionismo o mostrar los genitales).
 
Si eres víctima o testigo de un acto de acoso sexual en el transporte público debes denunciar el hecho. Es importante resaltar que la declaración de los testigos de los hechos es crucial al momento de procesar a una persona denunciada por acoso sexual, debido a que ayudará a confirmar lo señalado por la víctima, sobre todo en circunstancias en que no existan otros medios probatorios (videos o fotografías).
 
En el caso de que la víctima no pueda realizar la denuncia por cualquier circunstancia, los testigos deben hacerlo para coadyuvar a sancionar a las personas que cometen acoso o generar un precedente que podría identificarse más adelante como reincidencia.
 
Tras dar aviso inmediato al conductor, cobrador o miembro de la tripulación, se debe ubicar a la víctima lejos de la persona agresora y llamar de inmediato a la línea 105 de la Policía Nacional del Perú para dar aviso de la incidencia.
 
Al tomar conocimiento de la agresión, el chofer debe indicar telefónicamente su ruta a la Policía, fiscalizador o personal de serenazgo, si se encuentra dentro de Lima o Callao para que se acerquen y realicen las acciones correspondientes. En provincias informarán a la Policía Nacional o a un inspector de la Sutran.
 
La aplicación del protocolo garantizará a los usuarios seguridad durante la prestación del servicio de transporte. Si deseas conocerlo a detalle puedes descargarlo en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/mtc/normas-legales/1422443-025-2020-mtc
 
/LC/NDP/
31-05-2023 | 19:18:00

Detectan tarjeta de la Línea 1 del Metro con un saldo cercano a S/ 4 millones

Una tarjeta clonada de la Línea 1 del Metro con un saldo de casi 4 millones de soles detectaron la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), la Policía Nacional del Perú (PNP) y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), como resultado de un importante operativo.
 
La División de Seguridad Ferroviaria de PNP informó que el hecho ocurrió en la estación La Cultura, donde fue intervenido un presunto revendedor de pasajes identificado como Eusebio Magno Trejo Sánchez, de 53 años.
 
El sujeto tenía en su poder 15 tarjetas adulteradas, una de las cuales contenía un saldo de S/ 3 989 500, pese a que S/ 100 es el monto máximo legal que se puede recargar en este servicio.
 
El fraude informático, delito en el que incurren los revendedores de saldos de tarjetas clonadas, se castiga hasta con ocho años de prisión, según la Ley N°30096, conocida como ley de delitos informáticos.
 
A la fecha, un total de 22 personas han sido sentenciadas por su participación en este tipo de actividades delictivas.
 
Los operativos contra esta modalidad de fraude en las estaciones de la Línea 1 se han intensificado y permitido que, a la fecha, 148 personas sean investigadas gracias al trabajo coordinado entre las fiscalías especializadas de Lima Este, Centro y Sur, y la Procuraduría Pública del MTC.
 
En lo que va del 2023 se han realizado 76 intervenciones en las que se han incautado 959 tarjetas clonadas con saldos ficticios utilizadas por mafias de revendedores que perjudican el bolsillo de los usuarios, que pagan S/ 0.50 más por utilizar el servicio, y generan pérdidas económicas al Estado, que subsidia la tarifa social de S/1.50 de la Línea1.
 
Tarjetas clonadas
La vocera de la ATU, Cynthia Barrera, explicó el modus operandi de estos delincuentes, quienes alteran los saldos de las tarjetas sin realizar recargas legales en las boleterías o máquinas autorizadas y luego venden los pasajes a los usuarios a un precio superior al establecido, lo que implica un lucro indebido.
 
Por ello, la ATU ha emprendido acciones de sensibilización dirigidas a los usuarios para promover el uso de tarjetas asociadas al DNI, así como la recarga oportuna y el pago de la tarifa correspondiente.
 
ATU manifestó que mantendrá una constante vigilancia y monitoreo en coordinación con la PNP y el MTC para combatir a los revendedores de pasajes y prevenir futuros casos de fraude en el sistema de transporte público.
 
/LC/NDP/
31-05-2023 | 18:20:00

Rechazan prisión preventiva contra abogado Carlos Wiesse

El Décimo Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima, a cargo del juez Jeans Velazco Hidalgo, declaró infundado el pedido de prisión preventiva contra Carlos Wiesse Asenjo, al incumplirse los requisitos para la imposición de esta medida, por lo que se impuso comparecencia.
 
Conforme a ley, para la prisión preventiva deben concurrir: fundados y graves elementos de convicción, prognosis de pena a imponer que sea superior a cuatro años de pena privativa de libertad, y peligro procesal (fuga y/o obstaculización). En el caso de Wiesse Asenjo, la fiscal no acreditó en audiencia que la eventual pena que recibiría el investigado sería superior a cuatro años de cárcel.
 
La fiscal imputó el delito de peligro común con liberación de energía (art. 273); esto es que consideró que un disparo de arma de fuego era un medio capaz de generar una catástrofe, equiparando el disparo de una bala a liberar fuego o generar una explosión.
 
El juez, tras sus análisis, verificó que no existió tal liberación de energía, que era el delito que tenía mayor pena y podría haber determinado la prisión preventiva. Y concluyó que solo existió: “uso de armas de fuego en estado de ebriedad” que requiere que el sujeto activo cuente con licencia para portar armas, así como presencia de alcohol en su sangre.
 
Al descartar la producción de peligro común con medios catastróficos (que tiene una pena máxima de 10 años) solo quedaron vigentes tres delitos: Uso de armas en estado de ebriedad (art. 279G), Daños (art. 205) y conducción en estado de ebriedad (art. 274) cuya sumatoria de penas no supera los cuatro años de cárcel.
 
Así pues, la liberación de Wiesse Asenjo, obedeció exclusivamente a la falta de cumplimiento de los requisitos de la prisión preventiva, conforme a lo propuesto por la Fiscalía; debiendo recordarse que el Poder Judicial no es un órgano que actué de oficio sino a pedido del titular de la acción penal. Tampoco existió referencia de la fiscalía a otro delito adicional.
 
El juez Velazco Hidalgo dictó comparecencia con restricciones, pago de caución de 25 mil soles e impedimento de salida del país contra Carlos Wiesse Asenjo. Además, estableció el retiro del investigado del edificio Los Castaños, de San Isidro, sumando la prohibición de ingresar al inmueble o acercarse a los agraviados de manera directa o indirecta, registro biométrico mensual, no ausentarse de Lima, asistir a diligencias fiscales, entre otros, bajo apercibimiento.
 
/LC/NDP/
31-05-2023 | 17:41:00

Falleció escolar que ingirió pastillas por reto viral en colegio de Independencia

La menor de 11 años que ingirió pastillas como parte de un reto viral en la institución educativa Imperio del Tahuantinsuyo en el distrito de Independencia falleció esta madrugada en el hospital Cayetano Heredia.

Así lo informó el abogado Mario Arribas, quien indicó que la menor, diagnosticada previamente con muerte cerebral, presentaba una hemorragia en la cabeza y lamentablemente no pudo resistir. “Hace media hora me llamó el papá de la niña para informarme que ha fallecido”, sostuvo en declaraciones para TV Perú.

El letrado sostuvo que este caso califica como homicidio culposo, delito que tiene una pena privativa de la libertad de ocho años contra quienes resulten responsables, y se fundamenta en la inobservancia de las reglas de trabajo o profesión ya que no se habría tenido el cuidado correspondiente en ningún momento.

Sostuvo que los padres de familia le han manifestado su deseo de que el colegio sea clausurado porque esta terrible situación puede repetirse con otros escolares.

Más delitos

El abogado de los padres de la estudiante de 5to grado de primaria manifestó que en torno a la muerte de la menor se manejan una serie de delitos que tendrán que ser investigados en las instancias que corresponden.

Sostuvo que en la institución educativa Imperio del Tahuantinsuyo de Independencia se habría cometido el delito contra la administración de justicia, en la modalidad de ocultamiento real. Esto porque las autoridades del plantel habrían modificado los videos de las cámaras de videovigilancia, y exigió que el material audiovisual sea entregado en su totalidad como medio probatorio.

“El fiscal tiene que llevar esto a un juez para un control de legalidad y haya una audiencia. Alguien tiene que ir preso, esto es recurrente”, manifestó.

De otro lado, cuestionó a Victoria Huaylinos Gonzáles, directora de la institución educativa, ya que no le permitió leer los documentos de la investigación preliminar y le entregó un papel con la dirección de la Fiscalía de Familia de Lima Norte para que averigüe por su parte.

Además, sostuvo que un factor determinante en este caso fue la demora en la atención de la escolar. Indicó que en un primer momento fue trasladada a una posta y no fue atendida de inmediato por cuestiones administrativas. “Al no haberla atendido a tiempo, pudo ser salvada con un tratamiento médico”, puntualizó.

En esa línea, señaló que esta situación calificaría como delito de exposición de personas al peligro cuya sanción es de cuatro años de pena privativa de la libertad.

Menor habría sido drogada

La niña de 11 años habría sido obligada a ingerir pastillas por otros escolares como parte de un reto viral conocido como el ‘reto del clonazepam’ o ‘el que se duerma al último, gana’, según las primeras informaciones.

Sin embargo, aún no se tiene el informe de Medicina Legal sobre las sustancias que provocaron vómitos, convulsiones y muerte cerebral en la estudiante, las cuales serán determinadas luego de las pericias de los especialistas del Ministerio Público.

“Podría ser sustancias psicotrópicas, sintéticas o alguna droga. Al principio se creía que era clonazepam, pero después se estableció que era éxtasis”, señaló el abogado.

/RP/

31-05-2023 | 08:09:00

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