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“Ley no prohíbe instalación de baños neutros", aclara congresista Muñante

El congresista Alejandro Muñante explicó de qué trata la Ley de Protección de la Indemnidad Sexual de los Niños y Adolescentes. Foto: Andina. 
13:18 h - Mié, 14 Mayo 2025

La exhibición obscena de menores de edad será sancionada con penas que oscilan entre los cuatro y seis años de cárcel, según contempla la Ley de Protección de la Indemnidad Sexual de los Niños y Adolescentes, informó el legislador Alejandro Muñante.

En El Informativo de Radio Nacional, el congresista de Renovación Popular explicó que con esta norma se busca proteger los espacios seguros de los menores.

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“No se puede utilizar a niños para que un producto sea vendido, salvo que sean juguetes, porque lo que se quiere es evitar la sexualización de los menores, como el mostrarlos exhibiendo ropa íntima en canales de televisión”, precisó.

En ese sentido, Muñante explicó que la ley también prohíbe el ingreso y uso de baños públicos a personas cuyo sexo biológico no coincida con el destinado por el establecimiento. Con esta precisión se busca fortalecer la seguridad de niños y adolescentes en espacios de acceso público, señaló.

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Ley busca garantizar la seguridad de niños y adolescentes en espacios públicos. Foto: Andina. 

BAÑOS NEUTROS NO ESTÁN PROHIBIDOS

En tanto, fue preciso en señalar que la ley no prohíbe la instalación de los denominados “baños neutros”. 

“Si hay alguna empresa privada o pública que decida en nombre de la inclusión acondicionar un baño neutro para este tipo de personas (LGTBIQ+) eso la norma no lo prohíbe, lo pueden hacer. La norma establece que debe haber un baño según sexo biológico. Pueden crear todos los demás baños que consideren pertinente”, comentó.

ACLARACIONES SOBRE CONTENIDO DE LA LEY 

Asimismo, precisó que, en lo referido al ingreso a los baños según el sexo biológico, la norma contempla excepciones. Por ello, los padres o madres podrán acompañar a sus hijos o hijas menores de 12 años al ingresar a los servicios higiénicos.

A manera de ejemplo dijo que “si un varón tiene una hija o persona discapacitada que requiere de asistencia en el servicio higiénico de damas, como es el caso de un cambio de pañal o muda, puede hacer uso de los baños sin restricción si es que no existen los baños familiares”.

Durante la entrevista, el legislador aclaró que la ley, no va en contra de las personas transgéneros como un sector que busca desvirtuar.

Indicó también que la norma busca prevenir que personas inescrupulosas usen una identidad de género falsa para cometer actos indebidos, como ocurrió recientemente en el Congreso.

“En ninguna parte de la ley se menciona a las personas transgéneros, esto ha sido una interpretación que han destilado los opositores a la protección de los niños”, comentó Muñante, quien descartó cualquier intención discriminatoria.

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