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Scooters y motos eléctricas: ¿qué responsabilidad civil tienen sus conductores en caso de accidente?

scooter motos eléctricas
En muchos distritos ya se han emitido ordenanzas municipales que regulan el uso de scooters y motos eléctricas. Foto: catura de pantalla. 
15:55 h - Mar, 15 Jul 2025

Miguel Flórez Galecio, abogado especializado en derecho civil, explicó en una entrevista con El informativo de Radio Nacional que los conductores de scooters y motocicletas eléctricas sí pueden ser responsables civilmente si causan un accidente, aun cuando estos vehículos no cuenten con placa o registro formal.

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¿QUÉ DICE LA LEY?

Según el artículo 1985 del Código Civil, toda persona que cause un daño y tenga culpa o responsabilidad está obligada a indemnizar. Esto aplica también a los conductores de scooters o motos eléctricas, incluso si estos vehículos no tienen una placa, ya que eso no los exime de responsabilidad.

Lo importante en estos casos es poder identificar al conductor y demostrar que su comportamiento fue imprudente o negligente”, indicó Flórez Galecio.

Esto se denomina responsabilidad objetiva, es decir, la responsabilidad que nace simplemente por el hecho de causar un daño, sin importar si hay dolo o intención.

¿DÓNDE PUEDEN CIRCULAR Y QUÉ NORMAS DEBEN CUMPLIR?

En muchos distritos ya se han emitido ordenanzas municipales que regulan el uso de estos vehículos. Algunas de las medidas más comunes son:

  • Uso obligatorio de casco y elementos reflectivos.
  • Límite de velocidad de aproximadamente 20 km/h.
  • Prohibición de circular por veredas, rampas peatonales y áreas verdes.
  • Obligación de circular por la calzada, al lado derecho, como los vehículos menores.

El incumplimiento de estas normas, sumado a un accidente, podría agravar la responsabilidad del conductor.

¿QUÉ PASA SI HAY UN ACCIDENTE?

Si un scooter o motocicleta eléctrica atropella a una persona, y se puede demostrar la responsabilidad del conductor, éste está obligado a indemnizar a la víctima, tal como si se tratara de un vehículo motorizado tradicional.

Incluso si el vehículo es parte de una empresa de alquiler, esta podría ser considerada tercero civil responsable. También, si quien lo conduce es menor de edad, los padres o tutores pueden ser responsables de los daños ocasionados.

El hecho de que no necesiten placa es una decisión administrativa. Pero ante la ley civil, si alguien causa un accidente, debe responder por los daños causados”, precisó el abogado.

BIENES RIESGOSOS Y NECESIDAD DE REGULACIÓN

Miguel Flórez Galecio también alertó sobre el riesgo que representan estos vehículos cuando se conducen irresponsablemente. Al poder causar daños graves, podrían ser considerados bienes riesgosos, lo cual refuerza la obligación de indemnizar en caso de accidentes, incluso sin una clara intención o culpa directa.

Finalmente, el abogado propuso que, dada la creciente cantidad de scooters y motos eléctricas, sería conveniente crear una normativa nacional específica, con reglas claras y sistemas de seguro obligatorios.

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