El informativo - Edición tarde

Lunes a viernes 01:00 p.m. a 02:00 p.m.

Nueva ley regula venta y devolución de entradas a conciertos: ¿qué cambia para el consumidor?

Con la nueva norma, el organizador tiene un plazo máximo de 15 días para reembolsar el dinero por la cancelación de un espectáculo. Foto: captura de El informativo de Radio Nacional.
15:09 h - Mar, 22 Jul 2025

A raíz de varios casos de cancelaciones y problemas con espectáculos en el país, el Congreso ha publicado una nueva ley que regula la venta de entradas y establece plazos claros para su devolución. En entrevista con El informativo de Radio Nacional, el abogado y defensor del consumidor Jaime Delgado explicó los principales alcances y observaciones de esta norma.

¿QUÉ ESTABLECE LA NUEVA LEY?

  1. Devolución en máximo 15 días

Si un concierto es cancelado o modificado, el consumidor tiene derecho a la devolución total del valor pagado por la entrada. El organizador tiene un plazo máximo de 15 días para efectuar este reembolso desde la solicitud del usuario.

“Esto es positivo, porque en el pasado muchos conciertos se suspendieron y los consumidores tuvieron que esperar hasta dos años o más por la devolución”, indicó Delgado.

[Lee también: Pamela Cabanillas es sentenciada a seis años de prisión por estafas en entradas para conciertos]

  1. Verificación de entradas para evitar estafas

Los organizadores y plataformas de venta estarán obligados a contar con un sistema de verificación de autenticidad de las entradas, ante los múltiples casos de falsificación y reventa ilegal.

  1. Autorizaciones antes del anuncio del evento

La ley establece que las empresas organizadoras deben contar con permisos municipales y del Ministerio del Interior al menos 10 días antes del espectáculo. Sin embargo, Delgado considera que este punto debe ser corregido:

“Es un error grave. Las autorizaciones deberían obtenerse desde el momento en que se anuncia y se empieza a vender entradas. No puedes publicitar un evento sin tener los permisos confirmados”.

PUNTOS CRÍTICOS QUE DEBEN CORREGIRSE EN LA LEY

Delgado advirtió que esta ley, si bien representa un avance, no contempla los perjuicios económicos adicionales que sufre el consumidor cuando el evento se cancela. Por ejemplo, si una persona viaja desde otra ciudad y gasta en pasajes y hospedaje, no recibe compensación por esos gastos, a menos que inicie un proceso judicial.

“El derecho existe, pero la gente no lo reclama porque iniciar un juicio por 100 o 500 soles no compensa. Por eso deben impulsarse más las acciones colectivas”, afirmó.

Además, cuestionó la actuación de plataformas como Teleticket o Joinnus:

“Antes se entendía que estas plataformas retenían el dinero hasta después del evento. Pero luego vimos que no siempre era así. Si ya cobraron, ¿por qué no pueden reembolsar cuando el espectáculo se cancela?”, dijo.

¿QUÉ PASA CON EL DINERO NO DEVUELTO?

La nueva norma contempla que, si han pasado 120 días desde la cancelación del evento y aún quedan devoluciones pendientes, ese dinero deberá ser transferido a un fondo del Indecopi, destinado a proyectos de defensa del consumidor.

En conclusión, la ley es un paso importante para proteger a los asistentes a conciertos y espectáculos. No obstante, Jaime Delgado explica que aún hay vacíos que deben corregirse, especialmente en temas de compensación, fiscalización previa y claridad sobre los derechos del consumidor cuando sufre daños colaterales.

 

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR: 

 


Las más leídas

Lo último

Peruano opina